Cómo realizar consultas contables seguras

viernes, 6 mayo , 2016 - Creado por: GotelGest.Net

Tiempo de lectura: 4 minutos

Todos los que hemos trabajado como contables para una sociedad, independientemente de nuestra formación, nos hemos planteado dudas sobre cómo contabilizar determinadas operaciones. En el artículo de hoy, te explicamos cómo hacerlo correctamente.

Realizar consultas contables puede tratarse de una  operación que hacemos por primera vez o simplemente que pueda tener efectos fiscales o en nuestra cuenta de resultados que nos hacen plantearnos si realmente los asientos y, en algunos casos, los cálculos realizados son los correctos y de acuerdo a la normativa.

Nuestro primer paso suele ser acudir a las referencias que aparezcan en internet con entidades o personas que se hayan planteado el mismo problema.

Esto, desde mi punto de vista, es peligroso y nos puede inducir a cometer errores. Si bien hay una extensa variedad de foros y páginas web muy buenas las cuales suelen ilustrar con ejemplos la operativa apoyada con la opinión de profesionales del sector, nos debemos preguntar si la información que estamos consultando es veraz y correcta.

Esta reflexión la deberíamos aplicar a casi todos los ámbitos de nuestras búsquedas en internet, damos por cierto la casi totalidad de lo que aparece en la red, sobre todo si parece refrendado por supuestos expertos en la materia de consultas contables.

Mi recomendación en estos casos es acudir siempre a respuestas oficiales pero aquí también hay que ir con cuidado. Mi experiencia en este campo es que las llamadas telefónicas a organismos oficiales para dar solución a dudas o consultas planteadas, tienen un importante riesgo. La persona que nos está atendiendo, no dudo que sea un excelente profesional, pero puede darse el caso que no entienda lo que le estamos preguntando o lo confunda por nuestra explicación y nos ofrezca una respuesta que, si bien, puede ser tranquilizadora a priori no es vinculante en absoluto.

El adjetivo vinculante siempre debe ir implícito en nuestras consultas, esto es porque ante una posible comprobación de nuestras operaciones por organismos oficiales, por ejemplo la Agencia Tributaria, no nos va a servir de nada alegar que hicimos una consulta telefónica y esa fue la respuesta que obtuvimos. Necesitamos una respuesta oficial que nos de la seguridad que necesitamos.

Me gustaría, en esta entrada de blog, recomendar algunos organismos oficiales de los que podemos obtener respuestas con cierta seguridad y cómo podemos plantear las consultas contables.

Respuestas en materia Contable (El ICAC):

El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), es un Organismo Autónomo, adscrito al Ministerio de Economía y Competitividad, que rige su actuación por las leyes y disposiciones generales que le sean de aplicación y, especialmente, por lo que para dicho tipo de Organismos públicos dispone la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración del Estado, así como por lo establecido específicamente en el texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio, y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 1517/2011, de 31 de octubre.

 

logoicac logoministerio

Dentro de las funciones que tiene atribuidas se encuentra la contestación a las consultas que se formulen respecto de la aplicación.

Dado que son consultas vinculantes no puede realizarlas cualquiera, existen una serie de requisitos y formalidades que cumplir:

Quién puede realizarlas:

Las personas con competencias para la formulación de cuentas anuales o su verificación. Las consultas deben ser firmadas por el representante legal de la persona jurídica. Si se realizan por auditores o sociedades de auditoría, además de la firma, será requisito indispensable para poder contestar que se indique el número de inscripción en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas.

Cómo deben realizarse:

Las consultas deberán comprender todos los antecedentes y circunstancias necesarios para que el ICAC pueda formarse el debido juicio.

A quién deben dirigirse:

La competencia para resolver estas consultas recae en el Presidente del ICAC

Datos del Consultante:

Deberá identificarse el DNI del representante legal de la persona jurídica que formule la consulta, así como el CIF de la empresa consultante, razón social, número de teléfono, y de fax o dirección completa a efectos de notificaciones.

Como aclaración, si bien estas consultas suelen tener peso a nivel administrativo, no dejan de ser meras consultas contra las que no se podrá entablar recurso alguno.

Para solicitar consultas contables podemos utilizar cualquiera de estos dos medios a través de la página de ICAC www.icac.meh.es:

 

  • A través de la oficina virtual (Servicios Electrónicos) presentando un escrito de carácter general.

 

Consultas contables paso 1

Así mismo a través de esta web podremos acceder a contenidos de consultas ya realizadas pudiendo filtrar su búsqueda y así poder encontrar casos similares al nuestro sin necesidad de formular la consulta.

Consultas contables paso 2

Consultas contables paso 3

 

A continuación podemos exponer uno de los últimos casos consultados, “Cómo contabilizar un reintegro de una cantidad percibida por la Administración Pública”, devolución de una ayuda de la PAC en pago único y como se resuelve.

Consultas contables paso 4

La respuesta obtenida nos la envían en el siguiente formato:

Respuesta Consultas contables

Como ya he comentado previamente no es una respuesta contra la que se pueda interponer un  recurso pero es tomada en cuenta en la resolución de comprobaciones, inspecciones  u otros trámites iniciados por la Administración Pública.